Gestión de inversiones en los regímenes de pensiones de los institutos de seguridad social

Fecha de emisión
Octubre 2025
Tema
Protección Social;
Sistemas de Pensiones;
Seguridad Social;
Gobierno Corporativo;
Auditoría;
Mercado Financiero;
Riesgo Financiero;
Capacidad Institucional
Código JEL
H55 - Social Security and Public Pensions;
G11 - Portfolio Choice • Investment Decisions;
G23 - Non-bank Financial Institutions • Financial Instruments • Institutional Investors;
G32 - Financing Policy • Financial Risk and Risk Management • Capital and Ownership Structure • Value of Firms • Goodwill
Categoría
Notas Técnicas
Esta Nota Técnica examina la gestión de las inversiones en los regímenes de pensiones administrados por los Institutos de Seguridad Social (ISS) en América Latina y el Caribe. El documento identifica quince errores frecuentes en la toma de decisiones de inversión, que van desde deficiencias en la idoneidad de los órganos de dirección, ausencia de independencia de los comités técnicos y concentración excesiva en la cartera de inversiones, hasta la falta de separación en la administración de reservas con diferentes seguros sociales y la inexistencia de un ente regulador especializado capaz de supervisar la gestión de inversiones y velar por una adecuada administración de las reservas. Asimismo, se analiza el impacto de estas prácticas sobre la rentabilidad de los fondos de pensiones y se describen los riesgos financieros más relevantes a los que se exponen los ISS, tales como riesgo de inversión, crédito, liquidez, mercado y operacional. A partir de este diagnóstico, se presentan lineamientos para fortalecer la gobernanza de las inversiones, incluyendo la creación de comités de inversión y riesgo independientes, la definición de políticas de inversión y de apetito de riesgo, y la adopción de estándares internacionales como el principio del inversor prudente y los lineamientos de la OCDE y la IOPS. El análisis busca servir como guía práctica para que los ISS avancen hacia procesos de inversión más profesionales, transparentes y consistentes con el mandato fiduciario de proteger los intereses de los afiliados y pensionados.
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